La prueba del primer trimestre para la detección del síndrome de Down que incorpora marcadores séricos maternos y medición de la translucencia nucal fetal se considera para pago para las mujeres que desean estar debidamente asesoradas y les interesa conocer la información sobre el riesgo de tener un hijo con síndrome de Down.
No se considera para pago el cernimiento de Sindrome de Down en el primer trimestre, utilizando solamente la medida de traslucencia nucal.
El cernimiento que utiliza la evaluación de la translucencia del tabique nasal, no se considera para pago.
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