Solo pueden acreditarse las aportaciones del asegurado principal y su cónyuge, si ambos son empleados gubernamentales elegibles bajo la Ley Número 95. Esta Ley establece que la dependencia para la cual trabaja será responsable de hacer los trámites con Triple-S Salud. O sometiendo la forma SC1335. Para información adicional, consulta la dependencia para la cual trabajas.
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