Reglas Oficiales del Concurso (las “Reglas”)
NADA QUE COMPRAR PARA PARTICIPAR O GANAR.
1. DURACIÓN: El Concurso “Gánate una obra en Santurce es Ley con Triple-S” (el “Concurso”) comienza el 26 de mayo de 2023 a las 5:00pm y finalizará el 29 de mayo de 2023 a las 6:00pm (en adelante el “Periodo del Sorteo”).
2. ELEGIBILIDAD: Son elegibles para participar únicamente personas mayores de edad (21 años o más), residentes legales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Las personas incluidas en cualquiera de las siguientes categorías no podrán participar ni ganar un premio: (a) personas que estén bajo contrato, estén o hayan sido empleados por el Promotor, sus respectivas matrices, filiales, subsidiarias, concesionarios autorizados; (b) empleados del Administrador de la publicidad, relaciones públicas y/o promociones y sus respectivos agentes, que de alguna manera estén involucrados en el desarrollo, producción, implementación y supervisión de cualquier etapa de este Sorteo; y (c) personas que formen parte de la familia inmediata de los antes exceptuados (es decir, el cónyuge, los padres, hermanos, hijos y los cónyuges de cada uno de éstos) o individuos que habiten en la misma casa con alguna de las personas incluidas en cualquiera de las categorías arriba exceptuadas, aunque no sea su pariente. Este Sorteo está limitado al área geográfica de Puerto Rico y está sujeto a todas las leyes y reglamentos, locales y federales aplicables.
3. CÓMO PARTICIPAR: Todo individuo elegible para participar (en adelante “Participante”) deberá pasar por la carpa de Triple-S situada en el evento Santurce es Ley y solicitarle a una promotora identificada de Triple-S que ingrese sus datos personales en una tableta durante el Periodo del Sorteo.
Condiciones y Restricciones de Participación: Se aceptará hasta un máximo de una (1) Participación por persona durante el concurso. (2) Al someter una Participación al Sorteo, el participante expresamente acuerda y acepta: (i) que todos los derechos, títulos e interés con respecto al material contenido en la Participación —sea o no aceptable para participar— se transfieren y se convierten en propiedad del Promotor; y (ii) conceden al Promotor el derecho exclusivo y permiso para editar, modificar, publicar, traducir, compilar, preparar cualquier tipo de material derivado y sacar beneficio y usar el contenido, porciones y elementos del mismo a perpetuidad en todo y cualquier medio que exista al presente o se desarrolle en el futuro, en cualquier manera y para cualquier propósito comercial, publicitario, promocional u otros que el Promotor desee y determine, sin limitación de tiempo ni espacio, mundialmente, con o sin atribución al participante; y (iii) de resultar ganador, conocen que deberán renunciar y ceder y transferir todo derecho existente en la participación como condición para no ser descalificado y recibir el Premio según descrito en estas Reglas.
4. PREMIOS: Se sorteará (1) o varias obras de arte pintadas durante el evento Santurce es Ley en canvas y montadas en un bastidor de 36” x 42”, la cantidad de obras dependerá de la cantidad de personas que colaboren en pintar la obra y lo que el tiempo permita durante los 3 días del evento Santurce es Ley.
Condiciones Generales del Premio:
El pago de cualquier arbitrio o contribución impuesta por el Estado Libre Asociado de Puerto Rico o el Gobierno Federal de los Estados Unidos de América aplicable a los premios otorgados en el Sorteo, será de entera responsabilidad del ganador y esté expresamente y de forma voluntaria releva de dicha obligación a al Promotor y al Administrador, matrices, afiliadas, agencias, o cualquiera otra entidad relacionada directamente con su operación. Será responsabilidad de los participantes, asegurarse que conocen todos los términos y condiciones aplicables a los premios.
5. SELECCIÓN DE LOS GANADORES: Se seleccionarán los ganadores dependiendo la cantidad de obras que se puedan realizar durante el periodo de promoción y de esa misma manera los Ganadores Alternos entre todas las Participaciones. Tanto los ganadores como los ganadores alternos serán seleccionados electrónicamente y al azar mediante sorteo a llevarse a cabo el viernes 2 de junio en las oficinas del Administrador, cuya información se detalla en la sección de “Administrador” de estas Reglas. Toda decisión del Promotor y el Administrador del Sorteo, será́ final y vinculante en todos los aspectos.
6. NOTIFICACIÓN DE GANADORES: Los ganadores serán notificados el viernes, 2 de junio de 2023 mediante correo electrónico y llamada telefónica. Todo ganador deberá reclamar su premio en un período de 10 días calendario a ser contadas desde el momento en que se notifique y pasar a buscarlo en las oficinas del Promotor, de lo contrario pasará el premio a un ganador alterno. El ganador o el ganador alterno deberá reclamar su premio en un período de 10 días (se repite el proceso de selección).
Para reclamar el premio, los ganadores deberán presentar identificación con foto. Los ganadores deberán, al momento de recibir el premio, firmar un recibo del premio obtenido y Relevo de Responsabilidad al Promotor por cualquier daño o reclamación que pueda ser ocasionado y sufrido en el disfrute de su Premio.
El Promotor y Administrador tendrán derecho a (pero no la obligación de) publicar los nombres, dirección (pueblo, PR) y categoría de premio del ganador(a) (sujeto a verificación) en cualquier medio de comunicación, inclusive la Internet. Para reclamar el Premio, el ganador notificado deberá comparecer a las oficinas del Administrador, trayendo consigo aquella evidencia fehaciente solicitada por el Administrador para verificar su identidad y afiliación al Promotor (Triple-S) como condiciones de elegibilidad, incluyendo sin implicar limitación, una identificación válida y vigente con su foto y firma, expedida por autoridad gubernamental. No se permiten representantes.
7. RELEVO DE RESPONSABILIDAD: Al participar en este Sorteo, los participantes aceptan acogerse a la estricta aplicación de estas Reglas en todos sus términos y aceptan que toda decisión tomada por el Promotor y sus agentes es final y vinculante. Al participar de este Sorteo, el Participante voluntariamente asume toda responsabilidad y riesgo por su participación y con su participación acepta: defender, relevar, indemnizar y eximir de responsabilidad al Promotor (colectivamente “Exonera”), al Administrador, sus matrices, subsidiarias, filiales, afiliadas, agentes, agencias de publicidad y promociones y a sus respectivos oficiales, directores, accionistas, empleados, representantes, agentes y cualquiera otra entidad relacionada directamente con el desarrollo, implementación y/o conducción de este Sorteo (en adelante, colectivamente las “Entidades Relevadas”) de toda y cualquier responsabilidad, demanda, acción, reclamo, querella, accidentes, pérdidas, daños y perjuicios, incluyendo sin implicar limitación por lesión personal (inclusive incapacidad, lucro cesante y muerte) y daños a la propiedad, costo y gastos (inclusive honorarios de abogado) que surjan como resultado de o en conexión con su participación en este Sorteo y/o de las etapas de reclamación, verificación redención, entrega, posesión y uso /o uso de un premio, uso de su computadora/equipos para participar o mientras participa de alguna actividad relacionada al Sorteo o al premio; (ii) Exonera a las Entidades Relevadas por cualquier error tipográfico, técnico o humano, incluyendo pero no limitándose a errores de publicidad, imprenta, errores en estas Reglas, en los materiales del Sorteo o por información imprecisa, incompleta, ilegible o incorrecta en la participación que redunde en problemas, errores o demoras de notificación, verificación, publicación del ganador/premio o en la entrega del premio; (iii) Exonera a las Entidades Relevadas por cualquier error no intencionado bien sea humano o técnico en la implementación del Sorteo; (iv) Exonera a las Entidades Relevadas por cualquier error humano o técnico, desperfectos, demoras, fallos, congestión, fraude, intervención no autorizada (incluyendo “hacking”) u otros fallos en las conexiones de red, en las líneas, servidores, líneas, en la Internet, antenas, satélites, teléfonos, en computadora(s), en equipos fijos e inalámbricos, hardware, software, errores de programación, problemas de virus y ‘bugs’ de computadora, u otros defectos o fallos técnicos que resulten en transmisiones/ participaciones/ comunicaciones/ notificaciones/ votaciones / entrega de premios tardíos, demorados, incompletos, destruidos, omitidos, indescifrables, multiplicados, o que de cualquier otra forma limiten la habilidad del usuario a acceder al Sorteo, a la página web, a participar en el proceso de inscripción, votación o dentro de las fechas/horarios prescritos; o la entrega oportuna de un premio o porción del mismo, o que impidan o menoscaben la capacidad de operar toda o alguna porción de este Sorteo, incluyendo la operación adecuada de su Sitio Web, conforme planificado; (v) Exonera a las Entidades Relevadas por razón de cualquier causa atribuible directa o indirectamente al participante(s), al ganador, o causa de fuerza mayor o fortuita, incluyendo sin implicar limitación, cualquier acción, reglamento, orden o petición por parte de cualquier entidad gubernamental o cuasi-gubernamental (no importa que la acción, reglamento, orden o petición resulte luego ser inválida), fallo de equipo técnico, actos de terrorismo, terremotos, guerra, fuegos, inundaciones, explosiones, condiciones meteorológicas severas, huracanes, embargos, disputas laborales o huelgas (sean legales o ilegales), falta inesperada de personal o de materiales, interrupción de transportación de cualquier clase, interrupción de energía eléctrica, baja intencional de labores, disturbios civiles, insurrección, motín, o cualquier otra causa más allá del control razonable de las Entidades Relevadas; (v) Exonera a las Entidades Relevadas por cualquier demora razonable en la entrega de un premio, sujeto a la reglamentación del DACO aplicable; (iv) Acepta que El Promotor se reserva el derecho a descalificar a cualquier participante que no cumpla con estas Reglas; (v) Acepta que si por alguna razón, cualquier elemento del Sorteo no está funcionando como se planificó, debido a fallos técnicos o cualquier otra razón fuera del control del Promotor, que puedan afectar la seguridad, administración o integridad del Sorteo, el Promotor se reserva el derecho a modificar y/o terminar la misma y a otorgar cualquier premio vacante entre las participaciones recibidas hasta ese momento.
8. Los premios no son transferibles ni pueden ser sustituidos total o parcialmente.
9. Al aceptar el premio, el ganador consentirá en el uso de su nombre, voz e imagen por el Promotor del sorteo, para fines publicitarios y promocionales, incluyendo presentaciones personales, si fuese requerido, sin compensación adicional alguna.
10. Las reglas de este concurso estarán disponibles en el siguiente enlace: salud.grupotriples.com/blog/ganate-una-obra-de-arte-en-santurce-es-ley-con-triple-s/ .
11. Cualquier intento de violar alguna de las reglas del concurso o de dar información falsa con la intención de defraudar, se procesará conforme a las leyes aplicables vigentes.
12. El Grupo Triple-S, sus subsidiarias, agencias de publicidad, relaciones públicas y promociones no se hacen responsables por daños o pérdidas, directas o indirectas, causadas a los ganadores, familiares o cualquier persona o propiedad relacionada con ellos como resultado del uso y disfrute de su premio. Toda y cualquier obligación para con las personas ganadoras de premios por parte del promotor cesarán y quedarán totalmente satisfechas al momento de la entrega de los premios.
13. Las posibilidades de ganar dependerán del número de participaciones recibidas.
14. PROMOTOR: Este sorteo es auspiciado por Triple-S Salud, Inc. Dirección: 1441 Av. Franklin Delano Roosevelt, San Juan, 00920. (787) 749-4949. La dirección en el Internet es: https://grupotriples.com/.
15. ADMINISTRADOR: RN Promotions Inc, cuyas oficinas están localizadas en la avenida Escorial San Juan, PR, 00920, teléfono (787)722-3729; persona contacto: Ariana Cruz.